"Sin dobleces ni privilegios".

Presidente de la SCJ aboga por una buena administracción de justicia.

 

Doctor Luis Henry Molina Peña, presidente de la Suprema Corte de Justicia.Por Marcelo Peralta

Santiago Rodríguez, R.D.-El Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Doctor Luis Henry Molina Peña, abogó hoy aquí, por una buena Administración de Justicia que coadyuve al cumplimiento de la misión constitucional de los jueces, magistrados, personal auxiliar y colaborador pasando por los procedimientos.

Tras un recorrido por los tribunales de Montecristi, Dajabón y Santiago Rodríguez, el presidente del más alto Tribunal Judicial del país, confirmó que pudo comprobar que los Ministerios Públicos y los jueces están trabajando bien en sus respectivas jurisdicciones.

No obstante, Molina Peña hizo saber que se requiere de un sistema judicial que garantice una buena administración de Justicia, indicando que en su gestión se está haciendo que funcione de manera jurisdiccional y que se están oteniendo acciones y resultados positivos.

La máxima autoridad judicial confiesa que ahora se está trabajando con miras a distinguir esta gestión de las anteriores, porque está basada en la ordenación clásica de los Poderes del Estado, las divisiones de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Explica que cada uno de los poderes del Estado tiene su función de ejercer su función constitucional de tutela y realización de Derecho en procura de objetivos concretos para beneficio del país.

El funcionario judicial sostiene que el rol de la Suprema es administrar Justicia y ese, es el compromiso ineludible de su mandato, precisa Molina Peña.

Tiene como metas de la contribución a la consecución de la paz social en concreto de controversia jurídica entre partes, en que se garantice el Estado de Derecho, con la Ley como pauta esencial y constitucionalmente sometidos absoluta independencia.

Sus planes están diseñados de que debe haber garantía ciudadana respecto a deliberaciones judiciales con el fin de evitar que sus decisiones se produzcan en virtud de los criterios legítimos.

Su concepto de que haya una real administración de justicia es para que se fortalezca la función pública derivada de la soberanía del Estado, que requiere de la confluencia de muy diversos factores para que pueda ser ejercida.


Es partidario de la existencia de procesos regulados en la ley, como modelos de comportamiento para aportar al juez las pretensiones y los hechos en que se basan, de que puedan aplicar el Derecho sobre una realidad.

Que pueda robustecerse los medios materiales de los que pueda valerse para desarrollar su trabajo, que haya la existencia de humanos justos en el desempeño de sus quehaceres, que funcione como los órganos jurisdiccionales teniendo a profesionales establecidos en la ley.

Además, que coadyuven a la decisión judicial, desde el secretario judicial, los miembros de los cuerpos de gestión, tramitación, auxilio procesal y administrativo, ya que ellos conforman un marco de relaciones jurídicas si se prefiere tener un buen ejercicio de la función jurisdiccional.

A su entender la administración de justicia como organización jurisdiccional tiene virtudes de criterios, objetivos, territoriales que establece la Ley de un complejo orgánico y Jurisdicción en acepción en el lenguaje jurídico.

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