El Ministerio Público acusa al chofer del autobús que el pasado jueves se volcó en el Bulevar Turístico del Este, con 51 turistas a bordo, de haber conducido en forma temeraria y no haber observado normas establecidas en la ley de tránsito.
El expediente acusatorio
contra Franklin Nin Pérez, de 47 años, le imputa haber violado el artículo 220
de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y
Seguridad Vial de la República Dominicana.
“Las personas que conduzcan
un vehículo de manera imprudente, desafiando o afectando los derechos y la
seguridad de otras personas o bienes, serán sancionados con multa equivalente
de (2) dos a cinco (5) salarios mínimos del que impere en el sector público
centralizado, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que pudieran
corresponder, y de la reducción de puntos en la licencia que determine el
reglamento”, dice textualmente el artículo 220 de la Ley 63-17.
La solicitud de medida de
coerción contra Nin Pérez, consistente en un año de prisión preventiva, también
cita que el artículo 303 de la misma legislación en sus numerales 3, 4 y 5, los
cuales establecen que los conductores que resulten responsables de un accidente del
que resulten personas muertas o lesionadas podrían recibir sanciones desde tres
días, hasta un año de cárcel y el pago de salarios mínimos desde uno, hasta 50.
“La muerte involuntaria de
una persona o más personas implicará una sanción de un (1) año a tres (3) años
de prisión y multa por un monto de diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos
del que impere en el sector público centralizado”, dice el numeral 5 del
artículo 301 de la ley de tránsito.
Además los numerales 2 y 4
del artículo 304 que penaliza el manejo a alta velocidad y bajo los efectos de
drogas, casos en los que contempla sanciones de hasta un año de cárcel y el
pago de hasta 100 salarios mínimos.
Otro artículo que se le
señala haber violado al conductor es 235 en su numeral uno, que
señala que se debe reducir gradualmente la velocidad y encender las luces
direccionales antes de hacer un giro.
“Los conductores que
pretendan girar hacia la derecha deberán encender la luz direccional a una
distancia no menor de cincuenta (50) metros y mantenerse en el carril de la
derecha antes de llegar al borde de la vía pública para girar”, dice el numeral
uno de la ley de tránsito.
Al conductor se le
atribuye la violación del artículo 231 de la misma ley en el que se establece
la obligatoriedad de usar cinturón de seguridad y permitir que personas
entorpezcan la visión y la realización correcta de maniobras del vehículo,
entre otras normas de tránsito.
El vuelco.
El vuelco del autobús marca
Volkswagen, año 2017 ocurrido el pasado día 6 del mes en curso en el Bulevar
Turístico del Este, Bávaro, provincia La Altagracia, dejó tres mujeres
fallecidas (Valeria Victoria Brovelli, Valeria Paola Medina y Carla Rodríguez)
y 46 heridos.
La audiencia de conocimiento
de medidas de coerción fue fijada para el 12 de octubre a las 10:00 de la
mañana en la Oficina de Atención Permanente del municipio de Higüey, luego que
fuera aplazada este sábado.
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