El sentenciado, Gilberto Hernández Espinal (el Giro), fue declarado culpable de violación a los artículos 309-1, 331, 332-1 y 332-2 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género, así como el artículo 396 (letras B y C) de la Ley 136-03 del sistema que crea el Código para la Protección y los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que tipifica la violencia de género, violación sexual, y abuso psicológico y sexual en perjuicio de la víctima.