Por: Marcelo Peralta
Santiago, R.D.-El Ministerio Público investiga el hallazgo, causa, razones, procedencia de un arma de fuego en poder de dos hermanas haitianas irregulares que amenazaban a compañeras de clases en la escuela Salustiana Bans Batista, sector Bella Vista, al sur de Santiago.
Preliminar, trascendió, el arma de fuego en cuestión, podría ser propiedad del padrastro de las estudiantes, quien, también, es de origen haitiano y que carece de documentaciones para vivir en República Dominicana.
El arma está en cuestión, poder de autoridades del sistema judicial, que trata de localizar al padrastro de las menores de origen haitiana.
Al ocuparse la pistola a una estudiante de 14 años y a su hermana de 13, hijas de parejas haitianas irregulares y del padrastro en iguales condiciones migratorias, las que están matriculadas en el centro educativo, Salustiana Bans Batista, situado al sur de Santiago, lo que crea incertidumbre.
Las menores haitianas que amenazó a las dominicanas, cuyos nombres se reservan por ley, han sido puesta bajo custodia del Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia, organismo creado en el año 1978, por doña Renee Klang esposa del presidente Antonio Guzman, con la finalidad de proteger, supervisar, controlar, registrar el proceso de seguridad de niños y niñas.
La estudiante de origen haitiana, de 14 años cuando amenazó a las dominicanas estaba acompañada de su hermana de 13 de la misma nacionalidad, ambas aceptadas en la escuela Salustiana Bans Batista, llevó el arma de fuego a la escuela oculta en una mochila ha causado conmoción entre compañeros, profesores y padres del plantel.
La adolescente introdujo la pistola dentro de una mochila, tras haberla sustraído a escondida de su padrastro, también, haitiano quien vive aquí de manera irregular.
La dirección del centro donde estudian las menores haitianas, habría encañonado a varias de sus compañeras, lo que provocó momentos de tensión, generando impacto emocional en la comunidad educativa.
El arma fue ocupada por las autoridades del plantel y entregada a las autoridades del sistema judicial que tienen a cargo las investigaciones.
A la zona, trasciende no ha ido nadie de la dirección general de Migración y menos del ministerio de Interior y Policía a indagar las circunstancias.
Tampoco se presentó personal del ministerio de Relaciones Exteriores de República Dominicana.
Igual ha brillado por su ausencia legaciones de la comunidad haitiana vinculada al área diplomática.
Las haitianas a Conani
La adolescente fue puesta bajo custodia del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia -Conani-, al igual que su hermana de 13 años de edad.
Reacciones
Autoridades educativas informaron que ofrecen atenciones psicológicas a ambas estudiantes haitianas.
Un equipo de orientadores psicólogos tratan a las estudiantes dominicanas afectadas por las amenazas vertidas en su contra.
Ley
De acuerdo a la ley número 631-16, elaborada el 2 de agosto de 2016, para el control, regulación de armas, municiones y materiales relacionados, en la Gaceta Oficial número 10854, del 5 de agosto de 2016.
Esa ley deja claro que es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad, obtención de medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa, progresiva, dentro de un marco de libertad individual, justicia social, compatibles con el orden público, bienestar general y los derechos de todos.
De conformidad con el artículo 252 de la Constitución de la República, las Fuerzas Armadas tienen el mandato de ejercer la custodia, supervisión, control de las armas, municiones, pertrechos, material, equipos de guerra que ingresen al país.
Procede modernizar, adecuar la regulación del comercio.
Además, velar por el uso, control de las armas de fuego, municiones, explosivos, armas blancas y otros materiales relacionados.
Dispone que el deber del Estado ejercer el control sobre quienes tienen, portan armas, garantizar el respeto a la vida, integridad física, libertad, justicia de habitantes de la República, asegurar valores supremos inherentes al ser humano, reconocidos en la Constitución de la República.
De conformidad con el artículo 74.3 del texto constitucional, tratados, pactos, convenciones relativos a derechos humanos, suscritos, ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional, aplicación directa, inmediata por tribunales y demás órganos del Estado.
República Dominicana es signataria de la Convención Interamericana contra la fabricación, tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos, materiales relacionados, aprobada en la primera sesión plenaria de la asamblea general de la Organización de Estados Americanos, del 14 de noviembre de 1997.
Fue ratificada mediante resolución bicameral aprobatoria del Congreso Nacional, el 21 de agosto de 2008, promulgada mediante la resolución 443-08, del 10 de septiembre donde se comprometió a tomar las medidas necesarias para impedir, combatir, erradicar la fabricación, tráfico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos, establecer el control y penalización de ley.
Ley de control.
Ley para el Control y Regulación de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Armas Blancas y Materiales Relacionados.
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