El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer en segunda lectura, el proyecto de ley garantizando la cláusula de conciencia, derecho fundamental a periodistas y comunicadores, iniciativa del diputado y vocero del partido Fuerza del Pueblo, Tobías Crespo.
La Comisión Permanente de
Medios de Comunicación presidida el por el diputado Elpidio Báez, presentó
informe favorable, normativa contó con 105 votos favor y la pieza legislativa,
de convertirse en ley permitiría a periodistas, comunicadores y trabajadores de
la prensa recibir prestaciones, indemnización en caso de renuncia, de la
empresa que labore suprima su libertad ideológica y otros aspectos.
El artículo 8 del proyecto de
ley establece las circunstancias en las que periodistas pueden acudir al
Ministerio de Trabajo y a la Ley de Función Pública para quienes laboren en una
institución del Estado y salvaguardar sus derechos.
Los profesionales de la
comunicación social invocarán la cláusula de conciencia ante tribunales cuando
en el medio se produzca “un cambio notable y sustancial” en el carácter de la
publicación, programa, línea informativa e ideológica.
Siempre y cuando esta
variación equivale a una situación “susceptible” de afectar el honor, reputación
e intereses morales.
Se permitirá al escritor de
noticias, hacerlo cuando se produzca un cambio de titularidad en el medio de
prensa.
Sin embargo, debe destacar la
nueva dirección afecta a su ejercicio en el marco intelectual y moral.
En el caso de que un grupo
empresarial tenga más de un medio de comunicación, deberá cuidar la
“orientación profesional” del periodista si lo traslada de una plataforma a
otra, de lo contrario, el afectado podría renunciar sin penalizaciones legales.
“En el caso específico,
cuando la empresa o institución traslade al periodista a otro medio del mismo
grupo que por su género o línea suponga una ruptura patente con la orientación
profesional del informador”, indica el numeral tres del artículo.
En tanto, el documento aclara
que la cláusula de conciencia no puede ser ejercida por las empresas o
instituciones propietarias de medios de comunicación contra los reporteros.
“El derecho a la cláusula de
conciencia no está concebido para aplicarse en sentido inverso”, brindando
protección únicamente para los hacedores de opinión pública y otras
profesionales que informan a la ciudadanía.
La normativa de ley ahora
pasará al Senado de la República para su ponderación.
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