La superintendencia de Salud y
Riesgos Laborales reiteró que todas las pruebas PCR para COVID-19
están siendo cubiertas por el Sistema de Seguridad Social, para personas
afiliadas y no afiliadas.
Ninguna persona debe pagar por
este servicio de pruebas PCR, siempre que hayan sido debidamente prescritas por
un médico con ejercicio legal en el país, y que la prueba sea procesada por uno
de los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública para
realizarla.
Hasta ayer, 20 de mayo, las
Administradoras de Riesgos de Salud pública, privadas o de autogestión,
han autorizado 51,899 pruebas PCR para COVID-19, de las cuales 2,362
corresponden a personas no afiliadas, 5,026 al Régimen Subsidiado, 441 a Planes
de Pensionados y Jubilados y otros Planes, y 44,070 al Régimen Contributivo.
Estas autorizaciones han representado compromisos iniciales de pago a los
laboratorios por un monto de 223 millones 165 mil 700,
Los pacientes deben dirigirse por
los medios no presenciales establecidos al Laboratorio autorizado de su
interés, el cual le asignará la cita y le instruirá sobre los procedimientos.
Hasta ahora, los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública
son: Laboratorio Nacional Dr. Defilló, Laboratorio REFERENCIA, Laboratorio
AMADITA, Laboratorio PATRIA RIVAS y CEDIMAT.
Algunas clínicas y hospitales han
firmado acuerdos con algunos de estos laboratorios para tomar las muestras a
los pacientes.
Estos acuerdos privados procuran
facilitar y agilizar los procedimientos y la SISALRIL los valora positivamente;
pero en ningún caso, debe cobrarse al paciente por este servicio.
El acceso a las pruebas adecuadamente
prescritas y procesadas por laboratorios públicos y privados autorizados, es
completamente gratuito para la ciudadanía. Esta es una disposición que
constituye uno de los pilares clave de la respuesta integral del país ante la
epidemia.
El laboratorio que asigna la cita,
está en la obligación de solicitar la autorización a la ARS en la cual la
persona está afiliada, sea SeNaSa, privada o de autogestión. Si no es afiliada
a ninguna debe solicitarla al SENASA.
La ARS está en la obligación de otorgar
la autorización, cuando cumple con los requisitos señalados, y pagar al
laboratorio que realiza la prueba.
Si a alguna persona le han cobrado
por estos conceptos, puede reclamar el reembolso por ante el ARS
correspondiente, mediante una comunicación acompañada de copia de la
prescripción médica y los recibos de pago al laboratorio y/o al Prestador de
Servicios de Salud, indicando la fecha y lugar donde ocurrió este hecho, y su
identificación personal.
Estos son los mecanismos y
procedimientos establecidos, y en general están siendo cumplidos por los
laboratorios y las ARS. Están en plena vigencia mientras perdure la
emergencia epidemiológica.
Cualquier persona que tenga dudas
o reclamaciones, puede dirigirse por los medios electrónicos habilitados, a la
DIDA, a la SISALRIL, o a su ARS.
La SISALRIL exhortó a la
ciudadanía a exigir el cumplimiento de esta disposición por parte de los
establecimientos de salud y los labor
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