El país registra 73 mil denuncias, el 90% son mujeres y de enero a agosto 2026 van 57 feminicidios, según la Procuraduría.
Por Marcelo Peralta
Santiago, R.D.-De enero a agosto 2026 en la República Dominicana van 57 muertes de mujeres causadas por parejas y exparejas, en que 23 casos se usó arma blanca, en 19 han sudado ocasionadas por arma de fuego, 6 fueron asfixiadas, 4 quemadas con combustibles, con objetos contundentes y envenenamiento.
La procuradora general de la República, Jeni Berenice Reynoso Gomez, detalló que 35 de esos casos el agresor era la pareja y en 17 los autores fueron exparejas expareja.
Igualmente, la magistrada Reynoso Gomez, señaló que el 23% de los involucrados en esos crímenes se suicidaron.
Los 57 feminicidios se han registrado en distintas provincias, de acuerdo con las estadísticas de la Procuraduría General de la República, señaló su titular, la magistrada Yeni Berenice Reynoso, en un taller de formación sobre el nuevo Código Penal dirigido a periodistas de la fuente del sistema judicial.
La funcionaria explicó que el feminicidio es la muerte de una mujer a manos de su pareja o expareja por razones de género, independientemente de la edad o del tiempo de la relación.
Expone que con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, el que produzca la muerte de su pareja o expareja sabe que recibirá una condena de 40 años de cárcel, de acuerdo al nuevo Código Penal.
"Lo que quiere decir que ese 23%, esa norma no se le aplicará, porque al final tomaron la decisión de cometer un suicidio.
Orden de protección será un delito autónomo
Reynoso Gomez explicó que, con la entrada en vigencia del nuevo Código Penal, la violación de una orden de protección dejará de ser únicamente una agravante y pasará a constituir un delito independiente.
"Si solo la violentar, el nuevo Código Penal establece una condena de 2 a 5 años de cárcel, aunque pudiera existir concurso con otros delitos. Si se viola una orden de protección, ya se configura un delito autónomo", afirmó.
Añadió que, si una persona viola una orden de protección y posteriormente comete un feminicidio, ese hecho será considerado agravado.
Nuevo Código Penal incorpora la violencia económica y patrimonial.
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Entre las principales novedades del nuevo Código Penal, Reynoso Gomez, destacó la incorporación de la violencia económica; patrimonial, modalidades de violencia de género e intrafamiliar.
Precisó que la violencia económica consiste en controlar, restringir y manipular los recursos financieros de la víctima mediante amenazas, coerción o cualquier medida que limite su acceso a bienes y servicios, incluyendo la retención del salario o la apropiación de bienes.
Indicó que esta situación suele presentarse con frecuencia durante procesos de divorcio o separación.
En relación a la violencia patrimonial comprende cualquier acto que implique daño, destrucción, sustracción o apropiación de bienes materiales con el propósito de mantener una posición de poder sobre la víctima.
Protección especial para las mujeres
La procuradora Yeni Berenice Reynoso, sostuvo que el nuevo Código Penal no discrimina a los hombres, sino que responde a una realidad estadística del país.
Explicó que cada año en el país se producen alrededor de 73 mil denuncias por violencia de género e intrafamiliar.
Y más del 90% de las víctimas son mujeres, razón por la cual el legislador estableció medidas especiales de protección, criterio que ha sido respaldado por el Tribunal Constitucional.
Prescripción de los delitos sexuales.
Señaló que el nuevo Código Penal contempla regímenes de prescripción.
Detalló que los delitos comunes tendrán prescripción ordinaria y extraordinaria; los delitos de corrupción tiene régimen especial establecido por la Constitución; mientras que los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles.
En cuanto a las violaciones sexuales, informó que se establece un período especial de prescripción: 30 años cuando la víctima era menor de edad y de 20 años cuando la víctima era adulta.
La jefa del Ministerio Público precisó que, en el caso de niños, niñas y adolescentes, el plazo comenzará a contarse a partir de que la víctima cumpla 18 años, por lo que la acción penal podrá extenderse hasta por 40 años o más, dependiendo de la edad que tenía la víctima al momento de los hechos.
Explicó que esta disposición responde a estudios científicos que demuestran que muchas víctimas tardan años o incluso décadas en hallarse emocionalmente preparadas para denunciar abusos sufridos.
Violencia física, psicológica, económica y patrimonial.
La procuradora recordó que el Código Penal vigente sanciona la violencia física y psicológica, mientras que el nuevo Código incorpora expresamente, en su artículo 124, inciso 3, la violencia económica y patrimonial.
La violencia económica comprende el uso de mecanismos para controlar o restringir los recursos de la víctima mediante amenazas, coerción o limitaciones económicas.
La violencia patrimonial abarca cualquier acción destinada a destruir, sustraer o apropiarse de bienes materiales, una conducta que, según explicó, suele producirse durante los procesos de separación de parejas.
Taller para periodistas.
La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, ofreció estas declaraciones durante un taller de formación sobre el Nuevo Código Penal Dominicano, impartido a periodistas especializados en la cobertura de la fuente judicial.
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