El nuevo Código Penal

Por Marcelo Peralta

A lo largo de su historia la iglesia católica tras crear en Roma el Vaticano en 1929 ha tenido 267 representantes máximos.

De esa cantidad solo 54 han sido sacerdotes formados.

A pesar de su formación, muchos han sido cuestionados como el caso de Alejandro VI, Esteban VI, Juan XXIII y Benedicto XVI por el manejo de crisis de abusos.

Alejandro VI y su nombre era Rodrigo Borgia acusado de nepotismo, simonía, compra de cargos y de tener hijos a pesar de haber jurado por el celibato.

Esteban VI, ordenó el "Concilio Cadavérico", yendo hasta ordenar desenterrar el cadáver de su predecesor para juzgarlo y arrojarlo al río.

Benedicto IX, vendió el trono papal para poder casarse.

Benedicto XVI fue cuestionado por la lentitud y el encubrimiento institucional de casos de abuso a menores dentro de la jerarquía eclesiástica antes de endurecer las normas.

Desde que la iglesia católica creó el Vaticano en 1929 ha tenido 267 representantes de diversas índoles, homosexuales, menores de edad que llegaron a desfalcar las arcas financieras.

Hubo una mujer que ingresó a la iglesia católica simulando ser varón, la convirtieron en papa, se adueñó del Vaticano, quedó embarazada de un sacerdote generando escándalos y provocando su expulsión.

Traigo a colación porque a partir de este lunes 3 de agosto del año 2026, en República Dominicana entra en vigencia el nuevo Código Penal yla ley 74-25 que centra la responsabilidad penal de las empresas, acumulación de penas y nuevos criterios de legítima defensa.

Las empresas culpables, organizaciones y compañías ahora pueden ser castigadas si hay delitos cometidos por sus jefes y empleados si la empresa falló en controlarlos.

Deben crear reglas internas estrictas para evitar terminar en los tribunales por culpa de un trabajador.

La pena máxima sube de 30 a 40 años de prisión para crímenes muy graves y acumular condenas de que si una persona comete varios delitos, los años ya no se juntan de cualquier forma, sino que se pueden acumular hasta sumar un gran total de 60 años tras las rejas.

Se aclara el derecho de cualquier miembro de una familia a defender su vida, el hogar y negocio de un ladrón que use la fuerza necesaria sin ir a la cárcel ni pagar multas.

Deberá probar en un juicio que el peligro fue real y exacto sigue generando dudas sobre cuándo empieza y termina este derecho.

Con este nuevo código la gente más vulnerable será seriamente perjudicada, vivirá una situación difícil y peligrosa.

Recordando la frase del papa Juan Pablo II, cuando decía que en países libres las personas que apoyan el comunismo pueden hablar, reunirse, organizarse sin miedo, disfrutar de los derechos que da la democracia.

No obstante, reaccionaba diciendo que en los países comunistas el poder del Estado controla la vida de todos, decir lo que uno piensa o vivir sin el control del gobierno es difícil y peligroso.

El nuevo Código Penal dominicano y su ley 74-25 afecta a las personas más debiles al violar kleyes nacionales a través del aumento general de penas que recaen de manera desproporcionada sobre sectores sin recursos, aunque refuerza la protección contra la discriminación, abandono y la violencia socioeconómica.

Especialistas en leyes consideran que este Código Penal tiene impactos negativos y riesgos.

Está el incremento drástico de sanciones, creación de delitos nuevos tienden a saturar el sistema carcelario, donde la mayoría de los detenidos preventivos pertenecen a clases populares.

Cargas en la Defensa Pública en que maneja hasta el 87% de los casos del país.

También enfrenta enorme presión operativa ante la tipificación de nuevos delitos sin que existan mayores recursos estructurales para garantizar una asesoría óptima a los pobres.

Respecto a la amplitud en tipos penales posee conceptos abiertos como el ultraje, difamación que pueden prestarse a interpretaciones severas en tribunales que afecten la protesta social y expresión de ciudadanos marginados.

Hay quienes dicen que tiene protecciones y avances.

En lo referente a la sanción al abandono de los hijos se castigará con penas de hasta 30 años de cárcel.

Igualmente está el maltrato grave de menores de edad y personas envejecientes vulnerables.

Menciona la violencia económica y patrimonial, protegiendo mejor a mujeres en situación de dependencia.

Estipula la prohibición de discriminación, maltratos injustos por condiciones sociales y personales.

Hay penas rigurosas contra hijos, hijas, familiares, entidades que abandonen a envejencientes.

Habrá penas contra padres, madres que abandonen a sus hijos menores de edad y traspasando a terceros.
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