El tribunal colegiada de Puerto Plata ratificó 10 años de prisión y confiscar bienes a madre de menor convivio con el pelotero Walder Franco.

Mientras que Wander Franco fue hallado culpable de abuso sexual y psicológico de la adolescente, pero se le otorgó un perdón judicial.


Por Marcelo Peralta


Puerto Plata, R.D.- La señora Martha Vanessa Chevalier Almonte, la madre de la menor abusada sexualmente por el peladero Wander Franco en la audiencia de este lunes 25 de mayo de 2026, en el tribunal colegiado de Puerto Plata fue ratificada la condena de 10 años de prisión, sus bienes confiscados y pagar 25 salarios mínimos.


El Tribunal Colegiado de Puerto Plata condenó este lunes a 10 años de prisión, dispuso el decomiso de los bienes incautados a Marta Vanesa Chevalier Almonte, la madre de la menor involucrada en el caso judicial contra el pelotero dominicano Wander Franco. 


Chevalier Almonte fue sentenciada por explotación sexual comercial de su hija menor de edad y lavado de activos.


A la dama el sistema judicial confiscó los bienes confiscados que son un solar de 600 metros cuadrados, un vehículo del año 2023; la suma de 68 mil 500 dólares en efectivo y 800 mil pesos dominicanos.


La decisión también incluye el decomiso de equipos celulares y todos los fondos depositados en cuentas bancarias de la condenada, los cuales permanecían inmovilizados por disposición del Ministerio Público mediante autorización judicial

El tribunal adoptó la medida en el nuevo juicio realizado al jugador de los Tampa Bay Rays de las Grandes Ligas.


Walder Franco es culpable, determinó el tribunal colegiado, pero no irá a prisión.


En la misma audiencia, el tribunal colegiado ratificó la responsabilidad penal de Wander Franco por abuso sexual y psicológico contra una menor de edad, aunque mantuvo la decisión de no enviarlo a prisión acogiendo la figura del perdón judicial.

La decisión fue tomada en virtud del artículo 346 del Código Procesal Penal que establece que el juez puede, en circunstancias extraordinarias de atenuación, eximir de pena o reducirla incluso por debajo del mínimo legal, siempre que la pena imponible no supere los diez años de prisión y atendiendo a las razones que establece. 


En este caso, se acogió al numeral 3 que aduce: "La ocurrencia de la infracción en circunstancias poco usuales".


Acusación del Ministerio Público.


El Ministerio Público sostuvo durante el proceso que la madre de la adolescente la utilizó para obtener beneficios económicos derivados de la relación con el pelotero.


El caso ha generado amplia repercusión pública tanto en República Dominicana como en el ámbito deportivo internacional debido a la notoriedad del jugador y la gravedad de las acusaciones.



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