Ministerio de Justicia fue creado en la Constitución de 1844 y su consolidación se concretizó en 2025.

Antoliano Peralta asumirá el cargo y dirigirá la nueva institución que busca descongestionar al Ministerio Público y fortalecer la institucionalidad.


Por Stephanie Hilario Soto


El origen del Ministerio de Justicia tiene sus orígenes en la Constitución de 1844, cuando surgió como "Ministro Secretario de Justicia e Instrucción Pública". 


Su creación se hizo a lo largo del siglo XIX y XX, aunque esa  entidad sufrió reformas, reorganizaciones según cambios políticos y las nuevas necesidades de gestión pública.


En el año 1931 fue suprimida la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes,  restableciendo en 1934, aunque más tarde, en 1955, fue creada la Ley 4177 que le asignó funciones adoptando el nombre de Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo.


En el 2022, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo encabezó consultas para la elaboración del proyecto de ley que depositó en mayo del 2023 en la Cámara de Diputados, pero la pieza no tuvo éxito y perimió en varias legislaturas.


La propuesta fue creada por los senadores Félix Bautista, de la Fuerza del Pueblo, y Cristóbal Venerado Castillo, del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el año 2022.

Concretiza


Transcurrieran más de cinco meses de que entrara en vigencia la ley que creó el Ministerio de Justicia, el presidente Luis Abinader nombró a Antoliano Peralta Romero como ministro de esa cartera, mediante el Decreto número 1-26, en el marco de la Ley número 80-25, Orgánica del Ministerio de Justicia, promulgada en agosto de 2025, con la que se creó formalmente la entidad.


La normativa busca descongestionar al Ministerio Público y fortalecer la institucionalidad.


Con esta decisión los ministerios que componen el Gabinete Central se mantendrán en 23.


Origen de su creación.


El Ministerio de Justicia tiene sus orígenes en la Constitución de 1844, cuando surgió como "Ministro Secretario de Justicia e Instrucción Pública". 


A lo largo del siglo XIX y XX, esta entidad sufrió diversas reformas y reorganizaciones según los cambios políticos y las nuevas necesidades de gestión pública.


En 1931 fue suprimida la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes, y restablecida en 1934. 


Más tarde, en 1955, la Ley 4177 le asignó funciones relacionadas con el trabajo, adoptando el nombre de Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo.


En el 2022, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo encabezó varias consultas para la elaboración del proyecto de ley que depositó posteriormente en mayo del 2023 en la Cámara de Diputados, pero la pieza no tuvo éxito y perimió en varias legislaturas.


La propuesta fue creada por los senadores Félix Bautista, de la Fuerza del Pueblo, y Cristóbal Venerado Castillo, del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en el año 2022.


Rechazo


Aunque ya había sido aprobada en el Senado, regresó de la Cámara de Diputados para validar las observaciones que estos les hicieron durante su aprobación. 


A diferencia de la Cámara de Diputados, donde la oposición se quejó alegando que un Ministerio de Justicia crearía "incertidumbre institucional, posibles conflictos de competencias y una innecesaria reestructuración de personal, recursos y procedimientos", los tres senadores de la Fuerza del Pueblo (Omar Fernández; Félix Bautista, coautor, y Alexis Espiritusantos) no hicieron ninguna oposición al respecto.


A pesar de los rechazos plasmados en el informe disidente, el presidente de la comisión que estudió el proyecto de ley, Wandy Batista, expresó que en todos los países existe una institución similar a la que se quería crear en la República Dominicana para descongestionar al Ministerio Público y permitir que los fiscales y procuradores se ocupen únicamente de perseguir e investigar los crímenes y delitos.


Sin embargo, aunque fue aprobada en la sesión del 23 de julio del 2025, el presidente Abinader devolvió al Senado el proyecto de ley del Ministerio de Justicia para que este órgano realizara ajustes en algunos artículos, con el objetivo de mejorar la coherencia entre las funciones del Estado.  

Observaciones de Abinader.


Específicamente, las observaciones se dirigieron a los artículos 6, 9 y 22, los cuales el Ejecutivo proponía ajustar para aclarar aspectos como la formulación de la política criminal del Estado y el alcance funcional del nuevo ministerio.


Con relación al artículo 6, sobre el objeto del Ministerio de Justicia, el mandatario les aclaró que el diseño de la política criminal debía mantenerse como una facultad exclusiva del Poder Ejecutivo. 


Además, sugirió que el Ministerio de Justicia participara en la formulación de las políticas, pero sin excluir a otras entidades estatales del sistema de justicia, respetando el artículo 169 de la Constitución. 


En el artículo 9, sobre las atribuciones, propuso ajustar texto para que dijera: "Coordinar la representación judicial, extrajudicial del Estado, Administración Pública"; "coordinar el Sistema Nacional de Derechos Humanos", participar en la formulación de la política criminal del Estado, conforme a las instrucciones dadas para ello por el presidente de la República, entre otras.  


En las observaciones al 22, les sugirió reformular las atribuciones del Viceministerio de Políticas Públicas para que este ayude en el diseño de políticas del Estado contra la criminalidad, la cual se llevará "sin menoscabo de las funciones que corresponden a otros órganos y entes del Poder Ejecutivo, sin interferir en la independencia de los demás órganos y entes del Estado que integran el Sistema de Justicia".


Dichas observaciones fueron aceptadas y aprobadas en una única lectura. 


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