En un acto celebrado en el Edificio Empresarial, Manuel Luna, el
presidente de la Cámara de Comercio y Producción de Santo domingo, y Carlos
Iglesias de la Cámara de Comercio y Producción de Santiago, firmaron el acuerdo
que garantiza la contribución de ambas instituciones con el fin de brindar un
óptimo servicio que además contribuye al desarrollo empresarial, aprovechando
las ventajas dichos certificados de firma digital, dispositivos que te permiten
hacer transacciones y operaciones a distancia, como si fuera en persona.
Sobre la firma digital:
La Ley 126-02 en lo que respecta a las firmas digitales se basa
en el reconocimiento de las funciones que se atribuyen a una firma en las
comunicaciones consignadas sobre papel. En la preparación de la Ley se tomaron
en consideración las siguientes funciones de la firma: identificar a una
persona; dar certeza a la participación personal de esa persona en el acto de
firmar; y asociar a esa persona con el contenido de un documento.
En tal virtud la Ley define la firma digital “como un valor
numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un
procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al
texto del mensaje, permite determinar que este valor se ha obtenido
exclusivamente con la clave del iniciador y el texto del mensaje, y que el
mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la
transmisión”.
Las Cámaras de Comercio de Santo Domingo y Santiago llevan a
cabo este acuerdo y fortalecen las relaciones como agentes que fomentan el
desarrollo, de todos los sectores.
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