Estos
darán un impulso que impulsarán la reforma institucional y jurídica que lleva a
cabo el Gobierno en materia de transporte, al crearse esa institución rectora
de ese sector.
La Ley 63-17 tiene más de
40 reglamentos que vienen a consolidar la elaboración de la facultad del
INTRANT con el apoyo de organismos internacionales en donde está el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), el Instituto de Transporte de la
Universidad de Valencia (INTRAS), firmas de abogados nacionales.
Esos 6 reglamentos ya aprobados por el Poder Ejecutivo; 4 son revisados y aprobados por
el Consejo de Dirección del INTRANT y remitidos al Poder Ejecutivo y otros
inician el proceso de consulta pública.
Los que fueron aprobados
por el Presidente de la República, Danilo Medina, constituyen instrumentos
esenciales para el desarrollo y aplicación de la Ley 63-17.
Fueron priorizados por su
capacidad para contribuir a reducir la lacra que sufren los ciudadanos a causa
de los accidentes de tránsito.
Ese organismo tiene un equipo
de técnicos en materia de transporte y del derecho, han venido trabajando en la
elaboración de todos estos reglamentos, y al día de hoy puede contar con estos
aprobados por el Poder Ejecutivo y los demás que están en proceso.
Los aprobados por el Poder Ejecutivo:
Reglamento de la Inspección
Técnica Vehicular el que tiene el objetivo de establecer los requisitos mínimos
para que un vehículo de motor pueda transitar en el país, que pueda garantizar
su perfecto funcionamiento, por motivos de seguridad vial, organización del
tránsito y de protección ambiental.
Hay vehículos que transitan
por las vías públicas del país no están en condiciones óptimas para circular,
provocando fuegos, lesionados y víctimas mortales, cargas económicas al Estado.
Para corregir este mal,
este reglamento establece los elementos que serán susceptibles de revisión y
control, el procedimiento riguroso que se seguirá para acometerlo, dejando
atrás la vieja práctica de emisión de la “revista”, la cual era vendida sin
ningún tipo de requisito de revisión del vehículo.
Reglamento de Licencias de
Conducir: Este Reglamento tiene el objetivo de mejorar la formación de los
conductores, tanto inicial como continua, a través de las renovaciones,
posibilitando entre otras cosas, que los conductores conozcan la Ley 63-17 y
las normas básicas de comportamiento seguro y cívico.
Cree que esto impactará
directamente y de manera positiva en el factor general, que es el humano que
provoca entre el 72% y el 90% de los siniestros viales.
Establece entre otros los
criterios, clasificaciones, tipos y restricciones de las Licencias de Conducir,
regula las pruebas que se deberán realizar para acceder a las mismas.
Cada conductor que comete
una infracción o lleva un tiempo sin renovar su licencia debe tomar charlas
educativas antes de hacer el proceso.
Reglamento sobre el Sistema
de Puntos de la Licencia de Conducir que tiene el
objetivo de identificar y sancionar, mediante la retirada de puntos que
no se quede en un castigo económico, ya que la administración, el INTRANT, no
tiene un afán recaudador a aquellos conductores que cometan determinadas
infracciones.
La finalidad es centrarse en los reincidentes, impedirles
que puedan conducir, por la retirada de la licencia de conducir, y
reinsertarlos si cumplen con la rehabilitación que se les prescriba, ya sea de
orden médico-psicológico porque exista una patología, o mediante los oportunos
cursos de recuperación de puntos que contribuyan a concienciarlos y cambiar sus
actitudes y comportamientos.
Reglamento
para la Capacitación, Formación y Educación Vial, el que tiene el objetivo de
potenciar la capacitación, mejorando la formación de las personas, implementar
la Educación Vial, ámbitos educativos, comenzando por las escuelas, para que
los niños se conviertan en prescriptores de los padres, las futuras
generaciones muestren actitudes, comportamientos más humanos y cívicos en el
ámbito del tránsito.
Mediante el Reglamento se determina
los contenidos, metodologías, instrumentos, recursos didácticos que permitirán
su desarrollo, en los que se destacan los parques infantiles de tránsito y
educación vial.
Reglamento de Certificado
Médico Psicofísico de Conductores y de Centros Médicos Autorizados a su
Expedición, el que busca garantizar que los conductores que manejan en las vías
del país, lo hagan en perfecto estado de salud, demostrando que sus capacidades
psicofísicas mínimas son suficientes para el desarrollo de la citada actividad,
que desarrollará la misma con ciertas restricciones, adaptaciones, atendiendo a las eficiencias que
presentan que puedan ser solventadas.
También, establece los
elementos que serán susceptibles de revisión, control, procedimiento riguroso
que se seguirá para acometerlo, siendo un requisito por lo tanto complementario,
necesario para obtener y renovar la licencia de conducir.
Habrán Escuelas de
Conductores para regular y mejorar la formación que se ofrece a los conductores
en las Escuelas de Conductores, como una apuesta para que las mismas
contribuyan a este cambio cultural en la que está inmerso el Poder Ejecutivo.
Exige las condiciones
mínimas que deben reunir las Escuelas de Conductores, estructuras derivadas de
las mismas, para ser autorizados a realizar la actividad propia que los
caracteriza, considerando los recursos personales, materiales e inmateriales
con que han de contar, su régimen de enseñanza, los aspectos administrativos de
su funcionamiento.
Resaltar el Poder Ejecutivo
el Reglamento Orgánico del INTRANT cuando el día 5 de octubre fue emitido el
Decreto número 353-18 que autoriza la constitución de un fideicomiso público e
irrevocable, en el marco del proceso de organización, sistematización,
modernización y desarrollo del sistema de transporte de la República
Dominicana, contemplado en la Ley 63-17.
Considera la realidad
socio-económica del país, el INTRANT utilizó una técnica de redacción
jurídica-regulatoria consistente en la elaboración de reglamentos de los cuales
se desprenderán las normativas técnicas específicas, mediante el incremento gradual
con el paso del tiempo, la modificación, requisitos, nivel de exigencia para la
adaptación de la población de los cambios necesarios y obligatorios para acabar
el desorden, sufrimiento social y pérdidas económicas.
Con la promulgación de
estos reglamentos se consolida la reforma institucional y jurídica en el sector
transporte, iniciada en el 2017, con la elaboración del Plan Estratégico
Nacional de Seguridad Vial, la aprobación de la nueva ley integral de movilidad
terrestre, números 63-17, puesta en operación del órgano rector del sector
transporte, la elaboración del Plan Estratégico Nacional de Movilidad Urbana
Sostenible.
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