Las garantías constitucionales y la sociedad moderna, pilares de la democracia y la libertad

Las garantías constitucionales, son uno de los cimientos básicos del Estado democrático de derecho en el mundo actual, que se distingue por sus marcadas transformaciones políticas, sociales y tecnológicas.


Estas son, en realidad, auténticas herramientas políticas y jurídicas que salvaguardan la dignidad de las personas, garantizan su libertad y restringen el poder del Estado sobre los ciudadanos y no son meras declaraciones consignadas en una Carta Magna.

El constitucionalista español Eduardo García de Enterría, las definió como “las instituciones procesales y materiales destinadas a asegurar el respeto y la observancia de la Constitución”. En ese sentido, cada garantía representa un mecanismo de defensa de la persona frente a los abusos de poder o frente a cualquier violación de sus derechos fundamentales.

La Constitución, de acuerdo con Eduardo García de Enterría, es una norma jurídica de rango supremo; esto quiere decir , que está por encima del resto de las leyes y todos los poderes del Estado y los ciudadanos deben cumplirla.

En comparación con una simple declaración de principios, tiene un valor normativo directo y vinculante. Esto la transforma en la norma esencial del sistema jurídico que determina la estructura estatal y los derechos y libertades esenciales.

En la República Dominicana, la Constitución de 2010, reformada en 2015, introdujo un régimen de garantías más amplio y moderno, en consonancia con los estándares internacionales de derechos humanos.

Entre las principales garantías de la Carta Magna Dominicana, se destacan, la acción de amparo, como medio rápido y efectivo para proteger derechos fundamentales vulnerados o amenazados, el habeas corpus, que protege la libertad personal frente a detenciones arbitrarias, el habeas data, que defiende el derecho a la intimidad y al control de los datos personales y la inconstitucionalidad por vía directa o difusa, que permite controlar la conformidad de las leyes y actos con la Constitución.

Estas herramientas, junto a la labor del Tribunal Constitucional dominicano, han contribuido a consolidar una cultura de respeto al orden jurídico y al principio de supremacía constitucional.

LOS DESAFÍOS EN LA SOCIEDAD.

Sin embargo, la sociedad moderna impone nuevos retos a las garantías constitucionales. El avance tecnológico, la expansión de las redes digitales y el poder de las corporaciones globales han generado nuevas formas de vulnerar derechos fundamentales, como la privacidad, la información veraz, la libertad de expresión o la protección de datos.

A esto se suman los desafíos de la corrupción administrativa, la desigualdad social y el populismo político, que en muchos casos debilitan la independencia de los poderes públicos y erosionan la confianza en las instituciones democráticas.

Frente a este panorama, las garantías constitucionales deben adaptarse, fortalecerse y reinterpretarse a la luz de los nuevos tiempos. Como señala el jurista italiano Luigi Ferrajoli, “la Constitución no solo limita al poder político, sino que también impone la tutela de los derechos frente a los poderes económicos y tecnológicos que condicionan la vida contemporánea”.

La defensa de las garantías constitucionales no es solo una tarea de los tribunales o del Estado; es un compromiso ciudadano. En una sociedad moderna, la vigencia real de los derechos depende de que cada individuo los conozca, los reclame y los defienda activamente.

En palabras de Hans Kelsen, “la Constitución vive mientras el pueblo la defiende”. Por ello, fortalecer la educación cívica, la transparencia y la justicia constitucional es asegurar la libertad, la igualdad y la dignidad en la sociedad moderna.

LO QUE DICEN CONSTITUCIONALISTAS DOMINICANOS

El doctor Milton Ray Guevara, ha afirmado que, “Las garantías constitucionales son el corazón de la Constitución y el mecanismo más eficaz para preservar la supremacía de la Constitución, la protección de los derechos fundamentales y la estabilidad democrática del Estado.”

En sus obras y discursos, Ray Guevara, sostiene que el Estado dominicano ha dado un salto cualitativo desde la reforma constitucional de 2010, al institucionalizar la jurisdicción constitucional y crear mecanismos procesales accesibles para que los ciudadanos puedan defender sus derechos frente a cualquier abuso del poder público o privado.

El jurista Eduardo Jorge Prats, uno de los más influyentes constitucionalistas del país, sostiene que, “La Constitución dominicana ha logrado integrar las garantías procesales y sustantivas en un sistema coherente de protección de derechos, pero su efectividad depende de la independencia judicial y del fortalecimiento institucional.”

En su libro “Derecho Constitucional: sistema de fuentes, interpretación y garantías”, Jorge Prats , explica que las garantías deben servir para limitar el poder del Estado y proteger al ciudadano, no para formalismos judiciales que retrasen la justicia.


Comentarios

Entradas populares