La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó un recurso de casación interpuesto por el Hospital doctor Ney Arias Lora contra una sentencia que condena al centro a pagar 10 millones de pesos a un paciente al que le amputaron una pierna a causa de una bacteria que contrajo en ese centro.
La demanda es procedimientos quirúrgicos realizados en el citado centro
médico, el paciente Félix Julián Encarnación Feliz incoó una
demanda en responsabilidad patrimonial que tuvo como resultado una sentencia
emitida el 31 de marzo de 2023 de la Cuarta Sala del Tribunal Superior
Administrativo.
El dictamen acogía parcialmente la demanda de Encarnación Feliz y
condena al Hospital Traumatológico doctor Ney Arias Lora al pago de diez
millones de pesos dominicanos a favor del demandante por daños materiales y
morales sufridos por la actuación cometida en su perjuicio.
El centro médico también deberá pagar un interés judicial del 1.5 %
mensual sobre las sumas indicadas previamente a título de indemnización
compensatoria, a partir de la fecha de esta sentencia.
Asimismo, condena al Hospital al pago de la suma que resulte de la
liquidación en favor de Encarnación Feliz por daños, amputación y prótesis de
la pierna derecha, reza el texto condenatorio, que declara libre de costas el
proceso.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que emitió su decisión el pasado 31 de enero, señaló que los centros de salud tienen la obligación de crear las condiciones de seguridad y adoptar las medidas necesarias para prevenir que los pacientes ingresados en sus instalaciones sufran accidentes, infecciones o enfermedades diferentes de las que motivaron su hospitalización.
La sentencia de la referida Sala indica que los protocolos están
relacionados con el transporte adecuado de los enfermos, la dotación apropiada
de infraestructura, los métodos de limpieza y esterilización; procedimientos de
seguridad, desinfección, control de visitas y coordinación de tareas para
prevenir accidentes e infecciones.
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