Por: Marcelo Peralta
Santiago, R.D.- La Fiscalía de Santiago envió a
prisión preventiva hombre en acto de rebelión contra la autoridad pública,
desafió a punta de pistola ilegal a policías, puso en peligro la vida de personas
en la terminal la madrugada del viernes 22 de marzo del 2024.
Natanael Eleodoro Contreras Padilla, deberá cumplir
la prisión preventiva en el departamento de Inteligencia Criminal e
Investigaciones Especiales y pedirá a la Oficina Judicial de Servicios de
Atención Permanente valorar la imposición de la medida porque se trata de hecho
grave que combinó varias agravantes.
La jueza Yeritza Cabral de la Cruz, validó la
imputación, la cintila de pruebas que este órgano persecutor puso a su
disposición evidenciando la actitud violenta, insurgente del ciudadano ahora
enfrenta cargos de terrorismo.
Para despojarlo del arma de fuego ilegal, una Glock
27, calibre 40 milímetros, agentes aplicaron técnicas, ocupando un cargador, 3
cápsulas;1 selector automático sin documentación que lo avale.
Contra Contreras Padilla, nativo de la ciudad de
San Francisco de Macorís, provincia Juan Pablo Duarte, este organismo rector de
la investigación formuló cargos provisionales por violación a los artículos 66
y 67 de la Ley 631-16 para el control, regulación de armas, municiones, materiales
relacionados porte y uso de un arma de fuego ilegal.
Enfrenta cargos por transgresión a la Ley 188-11
sobre seguridad aeroportuaria, aviación civil estipulado en artículos 3, letra
D, 82 y 84, por haber irrumpido a esa terminal en actitud violenta y amenazante
con un arma de fuego.
También, imputado de violar el artículo 209 del
Código Penal Dominicano, que sanciona la rebelión en contra de la autoridad
pública.
Otro delito, violar la Ley 267-2008 sobre terrorismo,
en su artículo 11, en perjuicio del Estado dominicano tiene objeto definir las conductas que tipifican establecer sanciones
aplicables a autores, coautores, cómplices de infracciones; consignar medidas
cautelares de protección a las personas, bienes afectados por actos de
infractores.
Igual fijar, mecanismos, instrumentos necesarios en prevención detección,
erradicación de actos terrorista, disponer instancia jurisdiccional de
excepción que juzgará las infracciones de este delito.
El órgano de justicia atribuye al infractor la
violación al artículo 396, letra B, de la Ley 136-03, que crea el código de protección,
derechos básicos de Niños, Niñas, Adolescentes, por haber puesto en peligro la
integridad física de los menores de edad presentes en la escena.
Las fiscales Quirsa Abreu Rodríguez, Martha
González y Heidys de León, relató que Padilla desoyó en más de una oportunidad
el llamado de gentes del orden entregara el arma de fuego ilegal, y establece
en la instancia de solicitud, que el infractor, estando en el área frontal del
Aeropuerto Internacional del Cibao.
No obstante, detalla el informe de autoridades, el
sujeto en vez de atender al pedido de agentes, enfrascó en discusión con el
personal de seguridad de la terminal.
Al informar, agentes de la Policía hicieron
presencia, intentando persuadirlo para que bajara y entregara el arma.
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