Endurece penas para casos que
involucren a menores y personas vulnerables
El Senado aprobó en dos
lecturas modificar el artículo 3 y la inclusión del 3.1 en la Ley 137-03 sobre
Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas que sanciona con 20 y 30 años
de prisión, multas de hasta 300 salarios mínimos del sector público.
El proyecto fue presentado
por el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado,
Antonio Manuel Taveras Guzmán, quien solicitó su aprobación en carácter de
urgencia.
Establece la trata de personas, es explotación, será sancionada con severidad, aquellos
que lo hagan violando el consentimiento de las víctimas.
Penas más severas
en casos vulnerables
La nueva disposición legal
especifica la trata afecte a niñas, niños, adolescentes, adultos sin permiso, vulnerables,
las sanciones podrán alcanzar entre 20 y 30 años de cárcel.
Engaño, rapto, fuerza,
coerción configurar el delito, simplificando el proceso judicial en este tipo
de casos.
El artículo 3.1, incorporado
por esta modificación, introduce sanciones de 10 a 20 años de prisión y multas
de hasta 300 salarios mínimos para otras formas de trata de personas.
La ley busca eliminar vacíos
legales y asegurar que las víctimas reciban justicia, reforzando la
responsabilidad del Estado en la protección de los grupos más vulnerables de la
sociedad.
Puerto Plata
declarada provincia ecoturística
El Senado aprobó en dos
lecturas la ley que declara a Puerto Plata como provincia ecoturística.
La iniciativa presentada por
la senadora Ginnette Bournigal de Jiménez, cuyo objetivo promover el turismo
sostenible en la región y contribuir a la protección del medio ambiente.
Reforma al Código
Procesal Penal
Otra importante decisión del
Senado fue la modificación del artículo 386 del Código Procesal Penal,
presentada por el senador Antonio Manuel Taveras.
La reforma introduce un
recurso excepcional de revisión constitucional para decisiones en apelación
sobre habeas corpus, permitiendo que estos casos sean conocidos por el Tribunal
Constitucional en determinadas circunstancias.
Este cambio fortalece los
derechos fundamentales al garantizar un proceso más justo para personas
privadas de libertad de forma irregular.
La audiencia correspondiente
no podrá ser suspendida, asegurando una resolución rápida y efectiva para
quienes soliciten su libertad mediante este recurso.
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