La
Información.
Santiago, R.D.-Los
jueces de la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Judicial de
Santiago revocaron la decisión de un juez que declaró inadmisible la medida de
coerción a favor del imputado Miguel Antonio Sosa y/o Dilson García Méndez,
(Dinson Meneito) y dictaron 12 meses de prisión preventiva al acusado de homicidio.
Dinson Meneiton, como es conocido ampliamente en Cienfuegos, es acusado de la muerte del comerciante, Julio José Cabrera Valerio, tras propinarle heridas de arma blanca durante un asalto, el pasado 17 de enero, en el sector La Gloria de Cienfuegos.
El Ministerio Público imputa a Miguel Antonio Sosa y/o Dilson García Méndez, la violación de los artículos 295, 304, 379 y 382 del Código Penal Dominicano y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el control de armas.
Los magistrados, Saúl Taveras Canaán, Herminia Rodríguez y María Santana, calificaron la resolución del juez Miguel Alejandro Báez Payano, como improcedente y carente de toda razonabilidad jurídica.
El juez Báez Payano, en su resolución establece en uno de sus considerandos, que el imputado no se individualizó, alegando en el tribunal que se llamaba Miguel Antonio Sosa y no Dilson García Méndez.
Dinson Meneiton, como es conocido ampliamente en Cienfuegos, es acusado de la muerte del comerciante, Julio José Cabrera Valerio, tras propinarle heridas de arma blanca durante un asalto, el pasado 17 de enero, en el sector La Gloria de Cienfuegos.
El Ministerio Público imputa a Miguel Antonio Sosa y/o Dilson García Méndez, la violación de los artículos 295, 304, 379 y 382 del Código Penal Dominicano y los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16 para el control de armas.
Los magistrados, Saúl Taveras Canaán, Herminia Rodríguez y María Santana, calificaron la resolución del juez Miguel Alejandro Báez Payano, como improcedente y carente de toda razonabilidad jurídica.
El juez Báez Payano, en su resolución establece en uno de sus considerandos, que el imputado no se individualizó, alegando en el tribunal que se llamaba Miguel Antonio Sosa y no Dilson García Méndez.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario